Contrato de licencia para facilitar clases de Cirugías Cuánticas

Modalidad online

Versión octubre 2026

Contrato que celebran Paula Andrea Gil Aguirre, en adelante la «Licenciante», y la persona que suscribe electrónicamente este instrumento, en adelante el «Licenciatario», denominados conjuntamente las «Partes».

Declaraciones

El presente Contrato se celebra en la fecha de suscripción del Licenciatario, una vez finalizado el entrenamiento para facilitadores correspondiente, entre Paula Andrea Gil Aguirre, creadora de Cirugías Cuánticas®, y el Licenciatario identificado al final de este instrumento. Las Partes manifiestan que las declaraciones siguientes son ciertas y correctas.

Declara el Licenciatario que establece como medio de contacto para todos los efectos del presente contrato el correo electrónico, el teléfono celular y la dirección y domicilio que se indicarán al final del presente contrato.

Declara la Licenciante que Cirugías Cuánticas® es una marca registrada y que todos sus derechos, así como el material de Cirugías Cuánticas® se encuentran debidamente protegidos por las legislaciones correspondientes. En relación con esto, el licenciatario deberá utilizar el material y/o marca que se establezca en cada una de las clases de conformidad con lo establecido en este contrato y en el anexo A, el cual hace parte integral del mismo.

Ambas partes declaran que conocen y comprenden el contenido y la naturaleza del presente contrato y que el mismo se celebra de conformidad con la legislación aplicable y que no genera relación de trabajo entre las partes y consecuentemente ninguna obligación derivada de la existencia de una relación o contrato de trabajo.

Cláusulas

Primera  Capacidad de las Partes

Las partes contratantes reconocen su capacidad y personalidad con la que comparecen a la celebración de este instrumento.

Segunda  Vigencia

El presente Contrato entrará en vigor en la fecha en que el Licenciatario lo suscriba, una vez finalizado el entrenamiento para facilitadores correspondiente y aprobado el examen correspondiente, además de cumplidos los demás requisitos aplicables. La licencia tendrá vigencia hasta el inicio del siguiente entrenamiento para facilitadores de Cirugías Cuánticas® correspondiente al segundo semestre del año. Para efectos de este Contrato, el periodo anual de licencia se delimita por el inicio del siguiente entrenamiento correspondiente al segundo semestre del año y no por el aniversario de la firma ni por un plazo fijo de doce meses. Durante ese periodo, las Partes estarán obligadas a cumplir las condiciones aquí previstas, salvo rescisión conforme al presente Contrato.

Tercera  Objeto y alcance de la licencia

La Licenciante, concede al Licenciatario una licencia no exclusiva (la "Licencia") para utilizar los materiales de Cirugías Cuánticas® en la enseñanza e impartición de las clases autorizadas de Cirugías Cuánticas®, conforme a las autorizaciones previstas en este Contrato y en el Anexo A. La presente Licencia no concede más derechos que los específicamente establecidos en el presente documento. La licenciante hará todos los esfuerzos comercialmente razonables para proporcionar al Licenciatario los Materiales de Cirugías Cuánticas® relacionados con las clases de Cirugías Cuánticas® en un plazo de siete (7) días calendario a partir de la firma del presente por las Partes. La presente Licencia autoriza exclusivamente la modalidad online de las clases y especialidades expresamente autorizadas y no habilita para impartirlas en modalidad presencial.

Licencia básica. La licencia básica habilita al Licenciatario para impartir la Intro de Cirugías Cuánticas®, Cirugías Cuánticas® Nivel 1 y Doble Cuántico y los Multiversos, en la modalidad o modalidades contratadas. Estas clases generan la cuota de licenciamiento del diez por ciento (10 %) conforme al Anexo A.

Muestras grupales. El Licenciatario podrá realizar muestras grupales después de haber impartido al menos una (1) clase de Cirugías Cuánticas® Nivel 1 y de cumplir los demás requisitos específicos del Anexo A. No requieren autorización individual adicional ni pago de autorización y no generan regalías ni la cuota del diez por ciento (10 %).

Clases de profundización. El Licenciatario podrá impartir las clases de profundización previstas en el apartado 20 del Anexo A, con sujeción a los temas, requisitos y lineamientos allí establecidos. No requieren un pago inicial adicional de autorización; sí generan la cuota de licenciamiento del diez por ciento (10 %). Las clases de profundización no tienen precio de repetición. Quienes vuelvan a cursarlas deberán pagar la tarifa completa establecida para esa clase; no se aplica la tarifa general de repetición del sesenta por ciento (60 %).

Especialidades. Para facilitar cada especialidad se requiere cumplir los requisitos del Anexo A, pagar cincuenta dólares estadounidenses (USD 50) por la autorización y obtener la autorización expresa y por escrito de la Licenciante. Este pago inicial no se repetirá en las renovaciones sucesivas, conforme a la regla de continuidad de las autorizaciones adicionales y es independiente de la cuota del diez por ciento (10 %) por las clases impartidas. La clase de Limpieza Multidimensional Advanced únicamente podrá ser impartida por Paula Andrea Gil Aguirre, tanto en modalidad online como presencial. Queda excluida de las autorizaciones para facilitar especialidades previstas en este Contrato y en el Anexo A. Haber cursado esta clase o realizado un pago no habilita al Licenciatario para impartirla.

Mutantes y otras clases previstas en el Anexo A. Para facilitar Mutantes Reloaded, Mutantes Habilidades Psíquicas, Super Poderes Cuánticos o Escuela de Magia se requiere cumplir los requisitos del Anexo A, pagar ochenta dólares estadounidenses (USD 80) por la autorización de cada clase y obtener la autorización expresa y por escrito de la Licenciante. Este pago inicial no se repetirá en las renovaciones sucesivas, conforme a la regla de continuidad de las autorizaciones adicionales y es independiente de la cuota del diez por ciento (10 %) por las clases impartidas.

Las autorizaciones adicionales forman parte de esta misma Licencia y no constituyen licencias independientes. Cada autorización escrita identificará la clase o especialidad y la modalidad permitidas, sin ampliar las modalidades contratadas. Haber cursado una formación o realizado un pago no constituye, por sí solo, autorización para enseñarla. Las autorizaciones solo podrán ejercerse mientras la Licencia esté vigente y se cumplan este Contrato y el Anexo A. Cualquier otra clase requerirá autorización expresa y por escrito de la Licenciante, con los requisitos y pagos que se establezcan para ella.

Cuarta  Renovación

La licencia podrá renovarse para el siguiente periodo de entrenamiento, a decisión de la Licenciante, siempre que el Licenciatario cumpla los requisitos de formación previstos en el Anexo A, tome y pague el entrenamiento de renovación correspondiente, apruebe el examen de renovación y esté al día en los registros y en las tasas de licenciamiento. Cada renovación tendrá vigencia hasta el inicio del siguiente entrenamiento para facilitadores correspondiente al segundo semestre del año, conforme a la cláusula segunda.

Continuidad de las autorizaciones adicionales. Las autorizaciones adicionales previamente concedidas por escrito se conservarán, sin repetir los pagos iniciales de USD 50 o USD 80, cuando el Licenciatario complete la renovación correspondiente al periodo inmediatamente siguiente, incluidos el entrenamiento, el examen, la suscripción del Contrato y los demás requisitos aplicables. El vencimiento al inicio del entrenamiento y el intervalo necesario para completar esa renovación no implican, por sí solos, la pérdida de dichas autorizaciones ni un nuevo cobro. Durante el intervalo sin licencia vigente no podrán ejercerse. Su conservación no amplía las clases ni las modalidades autorizadas, no exime de las cuotas del diez por ciento (10 %) y no restablece autorizaciones revocadas por incumplimiento. Si no se realiza la renovación del periodo correspondiente, las condiciones de una eventual reactivación deberán establecerse expresamente por escrito por la Licenciante.

Quinta  Rescisión

La Licenciante tendrá derecho a rescindir el presente contrato de forma inmediata mediante notificación por escrito o electrónica entregada al Licenciatario en cualquiera de los siguientes casos: (1) la presentación de un procedimiento de quiebra o insolvencia por o en nombre del Licenciatario, o (2) en caso de nombramiento de cualquier administrador o fideicomisario para tomar posesión de las propiedades del Licenciatario o en caso de liquidación, venta, consolidación, fusión o cualquier secuestro por parte de la autoridad gubernamental del Licenciatario; (3) en caso de incumplimiento material de cualquiera de las disposiciones del presente contrato por parte del Licenciatario o (4) en caso de incurrir en cualquiera de las causas de rescisión mencionadas en el Anexo A.

Sexta  Efectos de la terminación

A la terminación del presente Contrato, el Licenciatario deberá cesar y desistir inmediatamente de impartir Clases de Cirugías Cuánticas® y de utilizar cualquiera de las Marcas y los Materiales de Cirugías Cuánticas®. Asimismo, el Licenciatario devolverá a la Licenciante, o a sus representantes designados, todos y cada uno de los Materiales de Cirugías Cuánticas® y los materiales basados en ellos o que contengan cualquier parte de los Materiales de Cirugías Cuánticas®, y no conservará ni entregará a terceros ninguno de dichos Materiales de Cirugías Cuánticas® ni copias de estos, so pena de infringir la legislación penal.

Séptima  Carácter personal de la licencia

El presente Contrato es personal y no podrá ser transferido ni cedido a terceros, esto incluye la imposibilidad de transferir o ceder a los representantes legales del Licenciatario y/o su sucesión.

Octava  Independencia y responsabilidad

El Licenciatario reconoce y afirma que sus clases de Cirugías Cuánticas® y los servicios a los estudiantes se proporcionan en calidad de contratista independiente y en los momentos y lugares que el Licenciatario determine a su discreción y que La Licenciante y todos los centros autorizados para la formación en clases de Cirugías Cuánticas® no asumen ninguna responsabilidad legal por cualquiera de las actividades del Licenciatario. El Licenciatario indemnizará y mantendrá indemne a la Licenciante, a Cirugías Cuánticas®, sus directivos, gerentes y a todos sus miembros, sus sucesores en interés, agentes y cesionarios, de cualquier reclamación, demanda y causa de acción derivada de las actividades del Licenciatario, incluyendo la utilización de los Materiales y Marcas de Cirugías Cuánticas® según lo dispuesto en el presente documento.

Novena  Obligaciones del Licenciatario

La Licencia se otorga con base en los siguientes compromisos del Licenciatario y podrá darse por terminada si incumple cualquiera de ellos:

1. Abstenerse de dar a entender o declarar que el Licenciatario es el creador y propietario de los Materiales de Cirugías Cuánticas® o la filosofía (a ser determinado por la Licenciante).

2. Enseñar la filosofía, técnicas y herramientas de Cirugías Cuánticas® tal y como se exponen en los Materiales y Clases de Cirugías Cuánticas® y reconocer que Paula Andrea Gil Aguirre es la creadora de los Materiales de Cirugías Cuánticas® en las Clases de Cirugías Cuánticas® del Licenciatario durante el periodo en el que el Licenciatario ejerza como instructor de Clases de Cirugías Cuánticas®.

3. Durante y después de la vigencia del presente Contrato, el Licenciatario no infringirá, utilizará ni copiará ninguno de los Materiales de Cirugías Cuánticas®, derechos de autor o marcas registradas, salvo en los casos específicamente autorizados por el presente Contrato. La presente Licencia no confiere al Licenciatario el derecho a modificar los Materiales de Cirugías Cuánticas® ni a crear obras derivadas de los Materiales de Cirugías Cuánticas®, y el Licenciatario se compromete a no hacerlo. Salvo en los casos aquí permitidos, el Licenciatario no podrá reproducir, duplicar, copiar, vender, comerciar, revender o explotar con fines comerciales o privados ninguna parte de los Materiales de Cirugías Cuánticas®, ni el uso o acceso a los mismos.

4. Acatar las políticas establecidas en los Materiales de Cirugías Cuánticas® y en el Anexo A, así como la guía para facilitadores, incluidas las políticas de uso de los Materiales de Cirugías Cuánticas® en Facebook, Instagram u otros medios de distribución social, y publicadas o revisadas periódicamente por la Licenciante.

5. Cobrar a los participantes en las Clases de Cirugías Cuánticas® el precio establecido por la Licenciante o su sucesor en interés de cualquier Clase de Cirugías Cuánticas®

6. Reembolsar el precio de las Clases de Cirugías Cuánticas® a los alumnos según proceda de conformidad con la Política de Reembolso de Cirugías Cuánticas®, tal como se define en el Anexo A.

7. Registrar a los participantes de sus clases de Cirugías Cuánticas® en el formulario establecido para el efecto, dentro del término de siete (7) días calendario contados a partir de la finalización de sus clases. Asimismo, deberá enviar a cada participante el enlace correspondiente para la firma de los derechos de marca y autor.

8. Pagar una cuota de licenciamiento del diez por ciento (10 %) sobre el precio total que a cada participante le corresponda pagar por la clase, según la tarifa completa o de repetición aplicable, con las excepciones y reglas del Anexo A. Si el facilitador concede crédito, pagos a plazos o permite saldos pendientes, asumirá el riesgo de cobro y deberá enviar íntegramente la cuota del diez por ciento (10 %) dentro de los siete (7) días calendario siguientes a la finalización de la clase, aunque no haya recibido la totalidad del pago. El crédito no reduce ni aplaza esta obligación. Cuando la Intro de Cirugías Cuánticas® esté incluida en el precio de Nivel 1, se calculará una sola cuota del diez por ciento (10 %) sobre el precio total que a cada participante le corresponda pagar por ese conjunto. La Intro incluida no generará una segunda cuota sobre el mismo importe. Si la Intro se cobra de forma independiente, generará la cuota del diez por ciento (10 %) sobre su propio precio, sin duplicar la base de cálculo cuando ese pago se abone posteriormente al precio de Nivel 1.

9. Mantener libros y registros completos y relativos a la recepción y disposición de todo el dinero recibido y desembolsado en la impartición de la Clase de Cirugías Cuánticas® y poner dichos libros y registros a disposición de la Licenciante previa solicitud por escrito.

10. Participar anualmente en la Formación requerida descrita en el Anexo A.

11. Cumplir en tiempo y forma con todos los requisitos y lineamientos establecidos en el Anexo A.

Décima  Autorización de uso de las Marcas

Durante la vigencia del presente Contrato, el Licenciatario está autorizado a utilizar los nombres comerciales, las marcas registradas y las marcas de servicio de Cirugías Cuánticas® que figuran en el Anexo A, así como cualesquiera otros nombres y marcas que Cirugías Cuánticas® adopte y apruebe para su uso en cada momento (en lo sucesivo denominadas conjuntamente las "Marcas") de forma no exclusiva.

Décima primera  Propiedad de las Marcas

El Licenciatario reconoce que Cirugías Cuánticas® conserva toda la propiedad de sus Marcas, y que el Licenciatario solo podrá utilizar las Marcas de la forma y con la autorización de la Licenciante, incluyendo el uso de los descargos de responsabilidad o declaraciones explicativas sugeridas por Cirugías Cuánticas®. El Licenciatario reconoce que la Licenciante es la propietaria de todos los derechos, títulos e intereses sobre, incluyendo sin limitación, todos los derechos de propiedad intelectual y el fondo de comercio asociado a Cirugías Cuánticas®, los Materiales de Cirugías Cuánticas® y las Marcas de Cirugías Cuánticas®.

Décima segunda  Limitaciones de uso

El Licenciatario no utilizará ninguna de las Marcas en relación con ningún producto, servicio o material, salvo los originados y plenamente autorizados por la Licenciante o Cirugías Cuánticas®. El Licenciatario no utilizará ninguna marca, logotipo, símbolos o dispositivos distintos de las Marcas en relación con la entrega de la Clase de Cirugías Cuánticas®.

Décima tercera  Confidencialidad de los Materiales

El Licenciatario reconoce que todos y cada uno de los Materiales de Cirugías Cuánticas® y la organización y entrega de la Clase de Cirugías Cuánticas® son confidenciales y propiedad exclusiva de la Licenciante. El Licenciatario no duplicará, ni permitirá que otros dupliquen, ninguno de los Materiales de Cirugías Cuánticas® sin el previo consentimiento por escrito de la Licenciante, y el Licenciatario no utilizará ni divulgará el contenido de ninguno de dichos Materiales, en todo o en parte, salvo en la forma expresamente autorizada en el presente documento.

Décima cuarta  No competencia después de la terminación

El Licenciatario reconoce que el éxito de Cirugías Cuánticas® depende del desarrollo y mantenimiento de una relación continua con las personas que reciben los servicios de los Licenciatarios de Cirugías Cuánticas® que utilizan los Materiales de Cirugías Cuánticas®. El Licenciatario reconoce asimismo que, al conceder Cirugías Cuánticas® al Licenciatario la Licencia en virtud del presente documento, se le confiarán conocimientos especiales sobre el funcionamiento de Cirugías Cuánticas® y se le situará en una posición de confianza al tratar con los clientes de Cirugías Cuánticas®. En consideración a la concesión de esta Licencia y la posición de confianza en la que el Licenciatario será colocado, el Licenciatario se compromete a que durante un período de dos (2) años después de la terminación de este Contrato, el Licenciatario no solicitará directa o indirectamente, ni ayudará o inducirá a otros a solicitar, requerir o contactar a clientes de Cirugías Cuánticas®, ya sea en nombre del Licenciatario o en nombre de cualquier otra persona o entidad. Asimismo, se prohíbe por este mismo periodo de tiempo impartir clases con contenido directamente relacionado a Cirugías Cuánticas®.

Décima quinta  Costos y honorarios de abogados

Si fuera necesaria cualquier acción o procedimiento legal para hacer cumplir los deberes y obligaciones derivados del presente Contrato, Cirugías Cuánticas®, y/o sus agentes, representantes o cesionarios, según sea el caso, recuperarán del Licenciatario todos y cada uno de los costos y honorarios de abogados incurridos para la correcta aplicación del presente contrato.

Décima sexta  Notificaciones

Cualquier notificación u otra comunicación en virtud de la presente Licencia se considerará debidamente efectuada si se realiza por escrito, en idioma español, mediante entrega personal o envío por correo certificado o registrado a la otra parte en la dirección de correo señalada en el presente Contrato.

La dirección antes mencionada podrá ser revisada de vez en cuando mediante notificación previa por escrito o correo electrónico a la otra parte según lo establecido anteriormente.

Es obligación del Licenciatario estar al día y revisar el correo electrónico que se registra por medio del presente contrato.

Décima séptima  Nulidad parcial

Si alguna de las disposiciones del presente Contrato se considera inválida o inaplicable, por cualquier ley, norma, orden o sentencia de cualquier tribunal, dicha invalidez no afectará a la aplicabilidad de cualquier otra disposición que no se considere inválida.

Décima octava  Suscripción y entrega del Contrato

El presente contrato podrá ejecutarse en partes, cada una de las cuales se considerará un original, pero todas juntas constituirán el mismo instrumento. Este Contrato puede ser ejecutado y entregado por fax o PDF, que tendrán la misma fuerza y efecto que los documentos originales con firmas originales.

Décima novena  Ausencia de agencia o asociación

Esta Licencia no constituirá una agencia, asociación, joint venture o franquicia entre Cirugías Cuánticas® o la Licenciante y el Licenciatario. El Licenciatario no tendrá derecho a actuar ni a comprometerse en nombre de la licenciante y/o Cirugías Cuánticas®, ni a obligarle o vincularle en modo alguno.

Vigésima  Ley aplicable

Todas las cuestiones relativas a la construcción, validez e interpretación de este Contrato se regirán por las leyes mexicanas.

 

Suscripción y datos de las Partes

 

La Licenciante

Creadora de Cirugías Cuánticas®
Paula Andrea Gil Aguirre

 

El Licenciatario