CONTRATO DE LICENCIA PARA FACILITAR LA CLASE DE CIRUGÍAS CUÁNTICAS® ONLINE Y PRESENCIAL Y SUS RESPECTIVAS ESPECIALIDADES QUE CELEBRAN “PAULA ANDREA GIL AGUIRRE” y QUIEN SUSCRIBE ELECTRÓNICAMENTE EL PRESENTE CONTRATO, A QUIENES EN LO SUCESIVO Y PARA LOS EFECTOS DEL PRESENTE CONTRATO SE LES DENOMINARÁ LICENCIANTE Y LICENCIATARIO.

 

D E C L A R A C I O N E S

  1. El presente CONTRATO DE LICENCIA (el "Contrato") se celebra en Cabo San Lucas, México, el día 12 de abril de 2026 por y entre Paula Andrea Gil Aguirre, creadora de Cirugías Cuánticas ® (en lo sucesivo denominada "Licenciante") y el licenciatario arriba mencionado (en lo sucesivo denominado el "Licenciatario"), sobre la base de los siguientes considerandos que las Partes acuerdan que son ciertos y correctos. El Licenciante y el Licenciatario se denominarán colectivamente las "Partes".

  2. Declara el Licenciatario que establece como medio de contacto para todos los efectos del presente contrato el correo electrónico, el teléfono celular y la dirección y domicilio que se indicarán al final del presente contrato.

  3. Declara el Licenciante que Cirugías Cuánticas ® es una marca registrada y que todos sus derechos, así como el material de Cirugías Cuánticas® se encuentran debidamente protegidos por las legislaciones correspondientes. En relación con esto, el licenciatario deberá utilizar el material y/o marca que se establezca en cada una de las clases de conformidad con lo establecido en este contrato y en el anexo A, el cual hace parte integral del mismo.

  4. Ambas partes declaran que conocen y comprenden el contenido y la naturaleza del presente contrato y que el mismo se celebra de conformidad a la legislación aplicable y que no genera relación de trabajo entre las partes y consecuentemente ninguna obligación derivada de la existencia de una relación o contrato de trabajo.

 

C L Á U S U L A S

 

PRIMERA. - Las partes contratantes reconocen su capacidad y personalidad con la que comparecen a la celebración de este instrumento.


SEGUNDA. –
Este contrato se celebra por un tiempo determinado y consecuentemente tendrá una vigencia y será obligatorio para las partes en el periodo comprendido de un año, y máximo hasta la finalización del próximo entrenamiento del primer semestre del año 2027. Entrando en vigor el día de la firma del presente contrato, periodo en el cual las partes están contractualmente obligadas a las modalidades que se precisan en el presente. Todo lo anterior a excepción de rescisión por parte de la Licenciante.


TERCERA
. – La Licenciante, concede al Licenciatario una licencia no exclusiva (la "Licencia") para utilizar los materiales de Cirugías Cuánticas ® en la enseñanza e impartición de las clases autorizadas de Cirugías Cuánticas®, tal y como se enumeran a continuación. La presente Licencia no concede más derechos que los específicamente establecidos en el presente documento. La licenciante hará todos los esfuerzos comercialmente razonables para proporcionar al Licenciatario los Materiales de Cirugías Cuánticas ® relacionados con las clases de Cirugías Cuánticas ® en un plazo de siete (7) días a partir de la firma del presente por las Partes.


CUARTA. -
La Licencia podrá ser renovada por períodos adicionales de un año en el aniversario de la fecha efectiva a decisión del Licenciante. El Licenciatario deberá haber satisfecho los requisitos de formación requerida, tal y como se definen en el Anexo A, pagar el entrenamiento anual como facilitador de Cirugías Cuánticas® y estar al día en todos los registros y tasas de licenciamiento generadas a favor de Cirugías Cuánticas® durante la vigencia del contrato de licencia.


QUINTA. –
La Licenciante tendrá derecho a rescindir el presente contrato de forma inmediata mediante notificación por escrito o electrónica entregada al Licenciatario en caso de (1) la presentación de un procedimiento de quiebra o insolvencia por o en nombre del Licenciatario, o (2) en caso de nombramiento de cualquier administrador o fideicomisario para tomar posesión de las propiedades del Licenciatario o en caso de liquidación, venta, consolidación, fusión o cualquier secuestro por parte de la autoridad gubernamental del Licenciatario (3) en caso de incumplimiento material de cualquiera de las disposiciones del presente contrato por parte del Licenciatario o (4) en caso de incurrir en cualquiera de las causas de rescisión mencionadas en el Anexo A.


SEXTA. -
A la terminación del presente Acuerdo, el Licenciatario deberá cesar y desistir inmediatamente de impartir Clases Cirugías Cuánticas ® y de utilizar cualquiera de las Marcas y los Materiales de Cirugías Cuánticas®. Asimismo, el Licenciatario devolverá a la Licenciante, o a sus representantes designados, todos y cada uno de los Materiales de Cirugías Cuánticas® y los materiales basados en ellos o que contengan cualquier parte de los Materiales de Cirugías Cuánticas®, y no conservará ni entregará a terceros ninguno de dichos Materiales de Cirugías Cuánticas® ni copias de estos, so pena de infringir la legislación penal.


SÉPTIMA. -
El presente Contrato es personal y no podrá ser transferido ni cedido a terceros, esto incluye la imposibilidad de transferir o ceder a los representantes legales del Licenciatario y/o su sucesión.


OCTAVA. -
El Licenciatario reconoce y afirma que sus clases de Cirugías Cuánticas® y los servicios a los estudiantes se proporcionan en calidad de contratista independiente y en los momentos y lugares que el Licenciatario determine a su discreción y que El Licenciante y todos los centros autorizados para la formación en clases de Cirugías Cuánticas® no asumen ninguna responsabilidad legal por cualquiera de las actividades del Licenciatario. El Licenciatario indemnizará y mantendrá indemne a la Licenciante, a Cirugías Cuánticas®, sus directivos, gerentes y a todos sus miembros, sus sucesores en interés, agentes y cesionarios, de cualquier reclamación, demanda y causa de acción derivada de las actividades del Licenciatario, incluyendo la utilización de los Materiales y Marcas de Cirugías Cuánticas® (definidos más adelante) según lo dispuesto en el presente documento.


NOVENA. -
Esta Licencia es otorgada al Licenciatario en base a los siguientes acuerdos hechos y suscritos por el Licenciatario y puede ser terminada si el Licenciatario no cumple con cualquiera de los siguientes acuerdos:
 

  1. Abstenerse de inferir o representar que el Licenciatario es el creador y propietario de los Materiales de Cirugías Cuánticas® o la filosofía (a ser determinado por la Licenciante).

  2. Enseñar la filosofía, técnicas y herramientas de Cirugías Cuánticas® tal y como se exponen en los Materiales y Clases de Cirugías Cuánticas® y reconocer que Paula Andrea Gil Aguirre es la creadora de los Materiales de Cirugías Cuánticas® en las Clases de Cirugías Cuánticas® del Licenciatario durante el periodo en el que el Licenciatario ejerza como instructor de Clases de Cirugías Cuánticas®.

  3. Durante y después de la vigencia del presente Acuerdo, el Licenciatario no infringirá, utilizará ni copiará ninguno de los Materiales de Cirugías Cuánticas®, derechos de autor o marcas registradas, salvo en los casos específicamente autorizados por el presente Acuerdo. La presente Licencia no confiere al Licenciatario el derecho a modificar los Materiales de Cirugías Cuánticas® ni a crear obras derivadas de los Materiales de Cirugías Cuánticas®, y el Licenciatario se compromete a no hacerlo. Salvo en los casos aquí permitidos, el Licenciatario no podrá reproducir, duplicar, copiar, vender, comerciar, revender o explotar con fines comerciales o privados ninguna parte de los Materiales de cirugías cuánticas®, ni el uso o acceso a los mismos.

  4. Acatar las políticas establecidas en los Materiales Cirugías Cuánticas® y en el Anexo A, así como la guía para facilitadores, incluidas las políticas de uso de los Materiales de Cirugías Cuánticas® en Facebook, instagram u otros medios de distribución social, y publicadas o revisadas periódicamente por la Licenciante.

  5. Registrar oportunamente a los participantes de sus clases de Cirugías Cuánticas ® en el formulario establecido para el efecto, así como enviar a cada uno de sus participantes el enlace correspondiente para la firma de los derechos de marca y autor.

  6. Cobrar a los participantes en las Clases de Cirugías Cuánticas® el precio establecido por la Licenciante o su sucesor en interés de cualquier Clase de Cirugías Cuánticas®

  7. Reembolsar el precio de las Clases de Cirugías Cuánticas® a los alumnos según proceda de conformidad con la Política de Reembolso de Cirugías Cuánticas®, tal como se define en el Anexo A.

  8. Registrar a los participantes de sus clases de Cirugías Cuánticas ® en el formulario establecido para el efecto, dentro del término de siete (07) días contados a partir de la finalización de sus clases.

  9. Pagar las tasas de licencia correspondientes a cada alumno que ha tomado sus clases dentro del plazo de (07) días contados a partir de la finalización de la misma.

  10. Mantener libros y registros completos y relativos a la recepción y disposición de todo el dinero recibido y desembolsado en la impartición de la Clase Cirugías Cuánticas® y poner dichos libros y registros a disposición de la Licenciante previa solicitud por escrito.

  11. Participar anualmente en la Formación requerida descrita en el Anexo A.
  12. Cumplir en tiempo y forma con todos los requisitos y lineamientos establecidos en el Anexo A.

DÉCIMA. - Autorización de Uso de Marcas. Durante la vigencia del presente Contrato, el Licenciatario está autorizado a utilizar los nombres comerciales, las marcas registradas y las marcas de servicio de Cirugías Cuánticas® que figuran en el Anexo A, así como cualesquiera otros nombres y marcas que Cirugías Cuánticas® adopte y apruebe para su uso en cada momento (en lo sucesivo denominadas conjuntamente las "Marcas") de forma no exclusiva.


DÉCIMA PRIMERA. -
Propiedad de las Marcas. El Licenciatario reconoce que Cirugías Cuánticas ® conserva toda la propiedad de sus Marcas, y que el Licenciatario sólo podrá utilizar las Marcas de la forma y con la autorización de la Licenciante, incluyendo el uso de los descargos de responsabilidad o declaraciones explicativas sugeridas por Cirugías Cuánticas®. El Licenciatario reconoce que la Licenciante es la propietaria de todos los derechos, títulos e intereses sobre, incluyendo sin limitación, todos los derechos de propiedad intelectual y el fondo de comercio asociado a Cirugías Cuánticas®, los Materiales de Cirugías Cuánticas® y las Marcas de Cirugías Cuánticas®.

DÉCIMA SEGUNDA. - Limitación de uso. El Licenciatario no utilizará ninguna de las Marcas en relación con ningún producto, servicio o material, salvo los originados y plenamente autorizados por la Licenciante o Cirugías Cuánticas®. El Licenciatario no utilizará ninguna marca, logotipo, símbolos o dispositivos distintos de las Marcas en relación con la entrega de la Clase de Cirugías Cuánticas®.
 

DÉCIMA TERCERA. - Confidencialidad de los Materiales. El Licenciatario reconoce que todos y cada uno de los Materiales de Cirugías Cuánticas® y la organización y entrega de la Clase de Cirugías Cuánticas® son confidenciales y propiedad exclusiva de la Licenciante. El Licenciatario no duplicará, ni permitirá que otros dupliquen, ninguno de los Materiales de Cirugías Cuánticas® sin el previo consentimiento por escrito de la Licenciante, y el Licenciatario no utilizará ni divulgará el contenido de ninguno de dichos Materiales, en todo o en parte, salvo en la forma expresamente autorizada en el presente documento.
 

DÉCIMA CUARTA. - No-Competencia después de la Terminación. El Licenciatario reconoce que el éxito de Cirugías Cuánticas® depende del desarrollo y mantenimiento de una relación continua con las personas que reciben los servicios de los Licenciatarios de Cirugías Cuánticas® que utilizan los Materiales de Cirugías Cuánticas®. El Licenciatario reconoce asimismo que, al conceder Cirugías Cuánticas® al Licenciatario la Licencia en virtud del presente documento, se le confiarán conocimientos especiales sobre el funcionamiento de Cirugías Cuánticas® y se le situará en una posición de confianza al tratar con los clientes de Cirugías Cuánticas®. En consideración a la concesión de esta Licencia y la posición de confianza en la que el Licenciatario será colocado, el Licenciatario se compromete a que durante un período de dos (2) años después de la terminación de este Acuerdo, el Licenciatario no solicitará directa o indirectamente, ni ayudará o inducirá a otros a solicitar, requerir o contactar a clientes de Cirugías Cuánticas®, ya sea en nombre del Licenciatario o en nombre de cualquier otra persona o entidad. Asimismo, se prohíbe por este mismo periodo de tiempo impartir clases con contenido directamente relacionado a Cirugías Cuánticas®.

DÉCIMA QUINTA. - Honorarios de abogados. Si fuera necesaria cualquier acción o procedimiento legal para hacer cumplir los deberes y obligaciones derivados del presente Acuerdo, Cirugías Cuánticas ®, y/o sus agentes, representantes o cesionarios, según sea el caso, recuperarán del Licenciatario todos y cada uno de los costos y honorarios de abogados incurridos para la correcta aplicación del presente contrato.

DÉCIMA SEXTA. - Notificaciones. Cualquier notificación u otra comunicación en virtud de la presente Licencia se considerará debidamente efectuada si se realiza por escrito, en idioma español, mediante entrega personal o envío por correo certificado o registrado a la otra parte en la dirección de correo señalada en el presente acuerdo.

La dirección antes mencionada podrá ser revisada de vez en cuando mediante notificación previa por escrito o correo electrónico a la otra parte según lo establecido anteriormente.

Es obligación del Licenciatario estar al día y revisar el correo electrónico que se registra por medio del presente contrato.

DÉCIMA SÉPTIMA. – Nulidad. Si alguna de las disposiciones del presente Acuerdo se considera inválida o inaplicable, por cualquier ley, norma, orden o sentencia de cualquier tribunal, dicha invalidez no afectará a la aplicabilidad de cualquier otra disposición que no se considere inválida.

DÉCIMA OCTAVA. - El presente contrato podrá ejecutarse en partes, cada una de las cuales se considerará un original, pero todas juntas constituirán el mismo instrumento. Este Acuerdo puede ser ejecutado y entregado por fax o PDF, que tendrán la misma fuerza y efecto que los documentos originales con firmas originales.

DÉCIMA NOVENA. - Agencia. Esta Licencia no constituirá una agencia, asociación, joint venture o franquicia entre Cirugías Cuánticas® o la Licenciante y el Licenciatario. El Licenciatario no tendrá derecho a actuar ni a comprometerse en nombre de la licenciante Y7o Cirugías Cuánticas®, ni a obligarle o vincularle en modo alguno.

VIGÉSIMA. - ley aplicable. Todas las cuestiones relativas a la construcción, validez e interpretación de este acuerdo se regirán por las leyes mexicanas.
 

A los doce (12) días del mes de abril de 2026.
 

Por parte de Cirugías Cuánticas ® suscribe el presente contrato, PAULA ANDREA GIL AGUIRRE, creadora.
 

y por parte del LICENCIATARIO,